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AMBIENTALISTA TRIUNFA en los Tribunales

 

 

SE ABSUELVE A LA ACUSADA POR DIFAMACIÓN, CALUMNIA E INJURIAS por la prensa y por medio de correos electrónicos, de toda pena y responsabilidad, y se condena al querellante al pago de todas las costas, que se estimarán a partir del monto de la demanda, o sea, ø200 millones de colones.

 

Así en términos generales dice parte de la sentencia dictada por el Tribunal Penal de San José el pasado viernes 27 de marzo.

 

La demanda fue presentada por el ingeniero agrónomo Mario Boza pues según su criterio y el de sus dos abogados, la compañera María Elena Fournier y la Asociación Conservacionista YISKI, habían cometido los delitos anotados como parte de su oposición al borrador del proyecto de ley que planteaba la disolución del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) para darle paso a la creación del Servicio de Parques Nacionales Sociedad Anónima.

 

SOCIEDAD ANÓNIMA que acogería para su administración todos los parques nacionales, las reservas biológicas, los refugios nacionales de fauna y flora silvestre, los humedales y los monumentos naturales, que en conjunto se considerarían parques nacionales.

 

SOCIEDAD ANÓNIMA que ejercería su jurisdicción sobre todos los terrenos, ríos, lagos, lagunas y porción marina, de tales áreas de conservación.

 

SOCIEDAD ANÓNIMA a la que no podría aplicársele la Ley de Administración Financiera y de Presupuestos Públicos, la Ley de Creación de la Autoridad Presupuestaria, el Libro II de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Contratación Administrativa, la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, la Ley de Planificación Nacional, la Ley del Estatuto del Servicio Civil, la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria y la Ley de la Biodiversidad.  ¡Nada menos!

 

SOCIEDAD ANÓNIMA  que hubiera podido llegar a tener una Junta Directiva compuesta por un número indeterminado que incluía equis número de “personas nacionales o extranjeras, que se hayan distinguido como científicos, naturalistas y filántropos”, además de representantes (con bachillerato universitario como mínimo)  del Ministro del Minae, del ICT, del Ministerio de Cultura, de la Cámara Nacional de Turismo, de las universidad públicas y privadas, de la Red Costarricense de Reservas Naturales y de la Mesa Nacional Campesina.

 

Y SOCIEDAD ANÓNIMA con muchas cosas más que se crearía para sustituir al Estado, incapaz e ineficiente (según el pensamiento ya conocido de algunos) por un ente liberado de las barreras que impiden un adecuado manejo de los parques nacionales y demás áreas silvestres.

 

(Anotamos que a tan solo unos dos meses después de que el Semanario Universidad hubiera publicado en su primera edición del 2007 un reportaje al respecto, ya se había sustituido el anteproyecto de la Sociedad Anónima por otro que creaba un ente de Desconcentración Máxima, que se mostraba como lo mismo con otra cara… y que también fuere enterrado)

 

Pues bien, el pasado viernes 27 de marzo el Tribunal prácticamente acogió todos los argumentos de la que calificara “brillante defensa”  ejercida por el joven Defensor Público Lic. Erick Zúñiga Madrigal, quien solo tuviera dos días hábiles antes del inicio del debate para preparar su alegato en defensa de María Elena Fournier y la asociación Yiski.

 

Al alegar primeramente que en vista de que lo que estaba en discusión era un “estado de derecho” y no un “estado de conciencia”, afirmó que las pruebas debían enmarcarse en dicho contexto, en vista de que por ahí iban los testimonios de los testigos.

 

Hizo notar la inconsistencia de la prueba de varios correos electrónicos que ni siquiera se trató de certificar como válidos (existiendo un ente encargado de los delitos informáticos en el OIJ, según señalara el Tribunal en su sentencia). También se llamó la atención que se presentara un peritaje de un supuesto especialista en Informática que no estaba colegiado y un “estudio” filológico fuera de contexto.  En cuanto a la prueba testimonial recibida de tres testigos, era vaga e inconsistente. 

 

La parte correspondiente a declaraciones de la acusada en el citado reportaje del Semanario Universidad, no se pudo demostrar a partir de lo publicado ningún ánimo de injuriar, difamar o calumniar al querellante, el ingeniero Mario Boza.  Sino que se estaba ante el ejercicio del derecho a la LIBRE EXPRESIÓN POR LA PRENSA en relación a un asunto de interés público, pese a que el acusador hubiere presentado un peritaje psicológico donde él le comunica al psicólogo que las publicaciones lo estaban afectando.  Peritaje que por otro lado señala que el señor Boza dice gozar de buen apetito, además de ser desconfiado, rencoroso y que no reporta pesadillas. 

 

El Tribunal hizo hincapié en que los abogados de la parte querellante no ofrecieron al acusador para que declarara, con lo cual creaba un vacío evidente en la justificación de la demanda.  Cuando el ingeniero Boza pretendió hacerlo antes de concluir el debate, solo se le permitió una breve “manifestación”. 

 

Con esta breve reseña hemos querido compartir con ustedes la gran satisfacción que provocara la merecida y justa absolutoria dictada a favor de una ambientalista de principios sólidos y moral intachable que no aceptara “conciliar” cuando así se lo ofreciera la parte acusadora, segura de que lo suyo era parte de una lucha que iba más allá de un interés personal, y que más bien involucraba a muchísimos costarricenses dispuestos a defender el patrimonio natural de su Patria. 

 

María Elena, los costarricenses te estamos muy agradecidos, y muy especialmente, los ambientalistas sinceros.

 

 

 

28 de marzo del 2009

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